LA ASFI ES RESPONSABLE
DEL DESCALABRO FINANCIERO DE LAS COOPERATIVAS Y DE LA PÉRDIDA DE LOS AHORROS Y
LOS DEPÓSITOS DE MILES DE SOCIOS
Todos los anteriores artículos son
parte del antecedente del porque la ASFI es responsable del descalabro
financiero de las cooperativas de ahorro y crédito y como consecuencia de ello que
miles de socios hayan perdido todos los ahorro de su vida.
Una serie de normativas emitidas por
la ASFI autorizaron a las cooperativas de ahorro y crédito, puedan captar
recursos de sus socios por medio de documentos que se denominaron de diferente
manera (DPF, CRP, CAR, etc).
Con la Ley de Adecuación N° 3892
promulgada en junio de 2008, se incorporó al ámbito de supervisión de la ASFI a
todas las cooperativas de ahorro y crédito sean abiertas como cerradas, según
la ASFI para cuidar los ahorros de sus socios.
La Ley No. 3892 establece claramente
que la ASFI debe reglamentar el funcionamiento de las cooperativas en nuestro
país, en uso de sus atribuciones expresas como ente de supervisión del sistema
financiero.
En la memoria anual del año 2010, en
entonces Director Ejecutivo A.I. Reinaldo Yujra en lo que categorizó como
“Proceso de Incorporación de nuevas entidades al ámbito de Supervisión y
Regulación”, señalo lo siguiente:
Las Cooperativas de Ahorro y Crédito
(CAC) tienen como marco legal global la Ley General de Sociedades Cooperativas
(LGSC), y en lo específico la Ley de Bancos y Entidades Financieras (LBEF), los
Decretos Supremos N° 24439 y N° 25703 de 13 de diciembre de 1996 y 14 de marzo
de 2000, respectivamente. Estas entidades desarrollan sus actividades bajo dos
modalidades, CAC Abiertas y CAC Cerradas, encontrándose esta última modalidad
fuera del ámbito de supervisión de ASFI y bajo tuición de la Dirección General
de Cooperativas (DGCOOP).
La
Ley N° 3892 modifica el artículo 70° de la LBEF, incorporando a las CAC
cerradas al ámbito de regulación y supervisión, bajo la denominación de CAC
Societarias, disponiendo que el Órgano Supervisor reglamente las modalidades
para establecer el procedimiento para la adecuación de dichas cooperativas al
ámbito de supervisión y la obtención de la respectiva licencia de
funcionamiento.
A continuación y a detalle la reglamentación
emitida por la ASFI la cual permite a las cooperativas captar recursos de sus
socios.
LEY N° 3892 DE
18 DE JUNIO DE 2008
Modifica la ley de Banco y Entidades Financieras, e
incorpora al ámbito de supervisión de la ASFI a las cooperativas cerradas,
dándoles el carácter de Cooperativa de Ahorro y Crédito “Societarias”.
A partir de la fecha de promulgación
de la ley 3892 la superintendencia de banco y entidades financieras,
actualmente LA ASFI, ASUME LA RESPONSABILIDAD DE SUPERVISAR, CONTROLAR Y
REGLAMENTE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS SOCIETARIAS, con el fin que estas
últimas puedas adecuarse a las normas de sistema financiero nacional vigente.
La ASFI debió establecer las directrices y cuales las condiciones para que
estas sean adecuadas y cuenten con la respectiva licencia de funcionamiento.
Es entonces que la ASFI en uso de sus
atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley de Banco y
Entidades Financieras y Ley N° 3892, emite la Reglamentación que permite a las
Cooperativa Societaria contar con una licencia de funcionamiento.
A
continuación la reglamentación emitida por la ASFI:
RESOLUCIÓN SB N°
0198/2008 DE 14/10/2008
Reglamento para
cooperativas de ahorro y crédito
La
ASFI estable que existe dos etapas para la adecuación de las cooperativas
societaria y además establece que durante el proceso de adecuación las
cooperativas podrán realizar las operaciones permitidas en el DS 25703 además
de realizar operaciones de ahorro con sus socios. Siendo el primer paso para la
obtención de un certificado de adecuación la realización de un cronograma de
conversión y reclasificación contable de los certificados de aportación de sus
socios que tengan la CONDICIÓN DE DEPÓSITO.
De
igual manera en los requisitos documéntales y operativos exigidos por la ASFI a
las cooperativas societarias son condicionantes para el inicio del proceso der
Adecuación y la obtención del certificado de adecuación, así como licencia de
funcionalmente, instruyen que las cooperativas cuenten con lo siguiente:
Sus
sistemas informáticos deben registrar la apertura, renovación, pago de
intereses y control para captaciones de depósitos a plazo fijo DPF´s.
RESOLUCIÓN SB N°
0264/2008 DE 22/12/2008
Modificaciones al
reglamento para cooperativas de ahorro y crédito
La
ASFI como ente de control, supervisión y reglamentación es efectiva, puesto que
tienen las facultades necesarias para tener control absoluto sobre las
decisiones y el manejo administrativo de las cooperativas societarias.
Los
informes de inspección que realizo la ASFI a las Cooperativas societarias
fueron determinantes para el futuro de las mismas, puesto que obligaron a
realizar cambios contables que a la larga afectaron y debilitaron la situación
patrimonial y financiera de las mismas.
RESOLUCIÓN ASFI N°
412/2009 DE 23/11/2009
Modificaciones al
reglamento para cooperativas de ahorro y crédito y al reglamento para las
instituciones financieras de desarrollo
Se
sustituye en ambos reglamentos la denominación de superintendencia de bancos y
entidades financieras (SBEF) por Autoridad de Supervisión del Sistema
Financiero (ASFI).
RESOLUCIÓN ASFI N°
157/2010 DE 22/02/2010
Modificaciones al
reglamento para cooperativas de ahorro y crédito
- Se modifica el título del reglamento por “Reglamento para la Constitución, Adecuación y Funcionamiento de Cooperativas de Ahorro y Crédito”.
- Se incluye las secciones 4,5,6,7,8,y 9 con el fin de NORMAR lo siguiente:
- El proceso para la constitución y obtención de licencia de funcionamiento por una nueva CAC societaria
- El proceso de obtención de licencia de funcionamiento para las CAC societarias en proceso de adecuación.
- El funcionamiento de las CAC abiertas y societarias.
- Funciones, atribuciones y responsabilidades de los consejos de administración y vigilancia de las CAC societarias y abiertas
- 3. Amplía el plazo de adecuación hasta el 30 de junio de 2010.
RESOLUCIÓN 233/2012
DE 12/06/2012
Modifica el reglamento
para la constitución, adecuación y funcionamiento de cooperativas de ahorro y
crédito.
En
el Artículo 1 de la sección 2, se estable de manera categórica e
impositivamente, que la condiciones para la obtención del Certificado de Adecuación
las cooperativas societarias DEBEN CUMPLIR con 3 fases, y la segunda condiciona
a que las Cooperativas societarias deben realizar la conversión y reclasificación
contable de los Depósitos a Plazo Fijo DPF´s
RESOLUCIÓN ASFI N°
631/2012 DE 20/11/2012
Modificación al
reglamento para la constitución, adecuación y funcionamiento de cooperativas de
ahorro y crédito y al manual de cuentas para banco y entidades financieras.
4to Considerando
Que,
el reglamento para la constitución, adecuación y funcionamiento de una
cooperativa de ahorro y crédito, dispone que las CAC societarias en proceso de
adecuación que mantienen ahorros de sus socios instrumentados bajo modalidades
diferentes a las establecidas en el decreto supremo N° 25703, deben remitir un plan que establezca los
plazos de reclasificación contable, permitiendo el registro de dichas
obligaciones en los respectivos estados financieros, por lo que corresponde
crear una subcuenta en el manual de cuentas para bancos y entidades financieras,
a incorporarse dentro en grupo “otras cuentas por pagar”, que posibilitara
la identificación y control de esas obligaciones con los socios de la
cooperativa de ahorro y crédito societaria en proceso de adecuación, en virtud
a la política contable del manual de cuentas para banco y entidades
financieras, que dispone que para el registro contable de las operaciones debe
prevalecer la esencia económica sobre la forma jurídica.
MANUAL DE CUENTAS PARA
BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS
242.80
Acreedores CAC Societarias
Descripción:
registra los importes reclasificados de
los ahorros de sus socios instrumentados bajo modalidades diferentes a las
establecidas en el decreto supremo N° 25703, según e la de reclasificación
contable de la CAC societaria.
Esta normativa es aún más clara, la
ASFI autorizo a las Cooperativas Societarias la Captación de recursos
instrumentados bajo modalidades diferentes a las establecidas en el DS 25703
(DPF, CRP, CAR etc.)
POR
TODO LO ANTERIOR EXPUESTO Y QUE SE ENCUENTRA RESPALDADO DOCUMENTALMENTE ES QUE
SE DEBE RESPONSABILIZAR TANTO CIVIL COMO PENALMENTE A LA ASFI POR INTERMEDIO DE
SU MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA, POR INDUCIR AL ERROR TANTO A LAS COOPERATIVAS DE
AHORRO Y CRÉDITO SOCIETARIAS (COOPERATIVAS COMUNALES CERRADAS) COMO A LOS
SOCIOS DE ESTAS.
RESPONSABILIZAR
Y ACUSAR POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES A TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LA ASFI, QUE
PARTICIPARON EN EL PROCESO DE ADECUACIÓN DE COOPERATIVAS (INSPECTORES, TÉCNICOS
FINANCIEROS, LEGALES Y DEMÁS INVOLUCRADOS).